Claves de la ley para el impulso de la rehabilitación de viviendas y edificios

El día 16 de junio de 2022 entró en vigor la nueva ley para impulsar la actividad de rehabilitación de viviendas y edificios.

Estas premisas permitirán mejorar la eficiencia energética del parque inmobiliario actual haciéndolo más respetuoso con el medio ambiente.

Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el día 16 de junio de 2022 entró en vigor la nueva ley para impulsar la actividad de rehabilitación de viviendas y edificios. Estas medidas están vinculadas al Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, y ponen de manifiesto la necesidad de impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dichas premisas permitirán mejorar la eficiencia energética del parque inmobiliario actual haciéndolo más respetuoso con el medio ambiente.

La ley recoge medidas de mejora en materia de fiscalidad, de financiación y mejora el marco normativo con el fin de facilitar la aplicación de los programas de ayudas financiadas con cargo a los fondos Next Generation de la Unión Europea. Las más destacadas son las siguientes:

1. DEDUCCIONES EN EL IRPF

La nueva ley de rehabilitación recoge tres novedosas deducciones sobre el IRPF y serán aplicadas sobre las cantidades invertidas en las obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética, tanto en la vivienda habitual como en los edificios residenciales. Dichas mejoras serán acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.

  • Se aplicará una deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. El porcentaje de deducción será de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda. Su periodo finalizará el 31 de diciembre de 2022.
  • Se aplicará una deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. El porcentaje de deducción será de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda. Su periodo finalizará el 31 de diciembre de 2022.
  • Se aplicará una deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. El porcentaje de deducción será de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda. Su periodo finalizará el 31 de diciembre de 2023.

Además, se mejora el tratamiento de las ayudas a la rehabilitación, ya que no se integrarán en la base imponible del IRPF cuando hayan sido concedidas a través de distintos programas de ayuda.

2. FINANCIACIÓN A TRAVÉS DE UNA LÍNEA DE AVALES ICO

En el ámbito de la financiación, la ley contempla la creación de una línea de avales de hasta 1.100 millones de euros a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.

A través de esta nueva línea de avales se ofrecerá cobertura para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación, en forma de préstamo y con un plazo de devolución de hasta quince años.

3. FACILIDAD EN LA TOMA DE DECISIONES

En el ámbito del marco normativo, se introducen mejoras en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, con el objetivo de facilitar la toma de decisiones en las comunidades de propietarios. En concreto, se mejora el régimen aplicable a las obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética en el conjunto del edificio, estableciendo un régimen de mayoría simple para la realización de tales obras, así como para la solicitud de ayudas y financiación para ello.

Todas estas mejoras están destinadas a reducir el consumo energético y a mejorar la eficiencia del sector inmobiliario, por ello, el momento de rehabilitar tu vivienda o edificio residencial es ahora. Actualmente contamos con ayudas para realizar esta actividad, el día de mañana es posible que no haya este apoyo económico y que sea una obligación mejorar la eficiencia energética de tu vivienda tal y como va a ocurrir en Francia. Desde el próximo 1 de enero de 2023, nuestro país vecino va a restringir el alquiler de viviendas que dispongan un certificado energético con etiqueta G, obligando a estas edificaciones a ser mejoradas. Adelántate a las medidas que están por llegar de la mano de Rehabiterm, tu Agente Rehabilitador, y revaloriza tu hogar. ¿Hablamos?